Fecha, 07 de Enero de 2022
Nuevos importes de la
indemnización por paralización y daños en transporte de mercancÃas para 2022.
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2022, aprobados mediante la Ley 22/2021, de 28 de Diciembre, se actualiza
las cuantÃas del Ãndice IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)
que se utiliza como referencia para diferentes conceptos económicos en
transporte por carretera. En concreto se revaloriza este año un 2´5 %, respecto
a la última actualización de 2021, quedando fijada la cuantÃa del IPREM/dÃa en 19´30
euros, que es la magnitud que se utiliza de referencia para el cálculo de la
indemnización por paralización del vehÃculo asà como de los daños en transporte
de mercancÃas.
         En
consecuencia, a partir del 1 de Enero de este año quedan establecidos como nuevos
importes, tanto para las paralizaciones de vehÃculos como para el lÃmite de las
indemnizaciones por pérdidas y averÃas de las mercancÃas transportadas, los
siguientes si no se pacta expresamente otro importe de responsabilidad entre
cargador y porteador, tal y como regula la Ley 15/2009 del Contrato del
Transporte Terrestre:
- Paralización del vehÃculo (aplicable también a
los siniestros o averÃas de los vehÃculos de transporte):
El
primer dÃa de paralización, queda establecido en 38,60 € (excluidas las 2 horas
iniciales) y en un máximo 376,60 € por dÃa (equivalente a 10 horas de
paralización).
A
partir del segundo dÃa: se incrementan las paralizaciones iniciales en un 25%,
resultando un importe de: 48,25 €/hora y 482,50 €/dÃa, respectivamente.
A
partir del tercer dÃa y sucesivos: se incrementan las paralizaciones iniciales
en un 50% resultando: 57,90 €/hora y 579,00 €/dÃa, respectivamente.
- LÃmite cuantÃa de la responsabilidad por
pérdida y averÃa de la mercancÃa:
El
lÃmite máximo por el que responde el transportista, que se establece en 1/3 del
IPREM, queda fijado en 6´43 €/kg bruto transportado,






