Con fecha de 21 de septiembre de 2021 ha sido publicada en el BOE el anuncio de la Resolución de la SecretarÃa de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de 16 de septiembre de 2021, por la que se establece el listado definitivo del otorgamiento de las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.
De este modo, aquellos transportistas que hayan resultado beneficiarios de las ayudas al abandono de actividad, deberán presentar antes del dÃa 2 de noviembre de 2021 la siguiente documentación, como requisito imprescindible para el pago de la subvención concedida.
- Renunciar a todas las
autorizaciones de transporte público y de actividades auxiliares y
complementarias del transporte, acreditando su baja por renuncia al ejercicio
futuro de la actividad de transportista.
- Declaración responsable
de renuncia con carácter definitivo el ejercicio de la actividad de
transporte y, en su caso, a no aportar la capacitación profesional a otra
empresa de transporte.
- En caso de ser titular
de permiso de conducción válido para vehÃculo de más de 3.500 kilogramos
de masa máxima autorizada y/o para autobús, deberá renunciar al mismo en
la Jefatura de Tráfico correspondiente.
- Designación de Cuenta Bancaria.
Podéis acceder al texto completo de la Resolución a través
del siguiente enlace: https://www.mitma.gob.es/recursos_mfom/comodin/recursos/resolucion_definitiva_abandono_2021f.pdf
Asimismo, os recordamos que la documentación ha de ser
presentada de forma telemática y utilizando los modelos de Declaración
Responsable y Designación de Cuenta Bancaria disponibles en la página del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: https://www.mitma.es/transporte-terrestre/ayudas-y-subvenciones/ayudas-y-subvenciones-a-transportistas/ayudas-al-abandono#abandono3






