Los paÃses de la Unión Europea se coordinan para establecer restricciones a la circulación de personas ante la segunda ola de la pandemia.
·      El Consejo europeo aprueba una Recomendación para coordinar la información sanitaria sobre cada paÃs mediante colores asà como las restricciones a la circulación de personas ante la segunda ola de la pandemia, para evitar la descoordinación existente en la primera ola.
·      La actividad desarrollada por los conductores profesionales de transporte de mercancÃas se considera esencial y, por tanto, no podrá ser sometidos a medidas de cuarentena al circular por toda la UE.
Este martes 13 el Consejo de Ministros de la Unión Europea ha adoptado una Recomendación sobre un enfoque coordinado de las restricciones a la libre circulación en respuesta a la pandemia de covid-19. Esta Recomendación tiene como objetivo evitar la fragmentación y la disrupción, y aumentar la transparencia y la previsibilidad para los ciudadanos y las empresas, estableciendo que cualquier medida que restrinja la libre circulación para proteger la salud pública debe ser proporcionada y no discriminatoria, y debe levantarse tan pronto como la situación epidemiológica lo permita.
Cada semana, los Estados Miembros
deberán proporcionar al Centro Europeo para la Prevención y el Control de
Enfermedades los datos disponibles sobre los siguientes criterios:
- número
de casos
nuevos notificados por 100000 habitantes en los
últimos 14 dÃas
- número
de pruebas por
100000 habitantes realizadas en la última semana (tasa de pruebas)
- porcentaje
de pruebas
positivas realizadas en la última semana (tasa de
positividad de la prueba)
Sobre la base de los datos
facilitados por los Estados , el Centro Europeo publicará semanalmente un mapa
de todos los paÃses de la UE, desglosado por regiones, para ayudar a los Estados
miembros en su toma de decisiones. Las áreas deben estar marcadas con los
siguientes colores:
- verde si
la tasa de notificación de 14 dÃas es inferior a 25 y la tasa de
positividad de la prueba es inferior al 4%
- naranja si
la tasa de notificación de 14 dÃas es inferior a 50 pero la tasa de
positividad de la prueba es del 4% o superior o, si la tasa de
notificación de 14 dÃas está entre 25 y 150 y la tasa de positividad de la
prueba es inferior al 4%
- rojo si
la tasa de notificación de 14 dÃas es 50 o más alta y la tasa de
positividad de la prueba es 4% o más alta o si la tasa de notificación de
14 dÃas es más alta que 150
- gris si
no hay información suficiente o si la tasa de prueba es inferior a 300Â
Conforme a lo acordado por el Consejo Europeo, los Estados
miembros no podrán restringir la libre circulación de personas que viajan hacia
o desde las zonas verdes. Si se plantea la posibilidad de aplicar
restricciones, deben respetar las diferencias en la situación epidemiológica
entre las zonas naranja y roja y actuar de forma proporcionada. También
deben tener en cuenta la situación epidemiológica en su propio territorio.
Respecto al resto de áreas, los Estados miembros no
deberÃan denegar la entrada a personas que viajen desde otros Estados
miembros. Aquellos Estados miembros que consideren necesario introducir
restricciones podrÃan requerir que las personas que viajen desde áreas no
verdes que se sometan a cuarentena o a una prueba después de la llegada, aunque
deberÃan ofrecer la opción de reemplazar esta prueba con una prueba realizada
antes de la llegada.
Los Estados miembros también podrÃan exigir a las personas
que entren en su territorio que presenten formularios de localización de
pasajeros. DeberÃa elaborarse un formulario europeo común de localización
de pasajeros para un posible uso común.
Asimismo, los Estados miembros que tengan la intención de
aplicar restricciones deben informar primero al Estado miembro afectado, antes
de la entrada en vigor, asà como a otros Estados miembros y a la
Comisión. Si es posible, la información debe proporcionarse con 48 horas
de anticipación.
Los Estados miembros también deben proporcionar al público
información clara, completa y oportuna sobre cualquier restricción y
requisito. Como regla general, esta información debe publicarse 24 horas
antes de la entrada en vigor de las medidas.
Los Estados miembros también han acordado que
las siguientes categorÃas de viajeros estarán exentas del requisito de someterse
a medidas de cuarentena cuando cumplan su función o necesidad esencial, en
concreto, los siguientes:
• trabajadores del transporte o proveedores
de servicios de transporte, incluidos los conductores de vehÃculos de carga que
transportan mercancÃas para su uso en el territorio, asà como los que
simplemente transitan;
• trabajadores o personas que trabajan por
cuenta propia que ejercen ocupaciones crÃticas, incluidos los trabajadores de
la salud, los trabajadores fronterizos y desplazados, asà como los trabajadores
de temporada;
• pacientes que viajan por razones médicas
imperiosas; • alumnos, estudiantes y becarios que viajan al extranjero a
diario;
• personas que viajan por motivos familiares
o comerciales imperativos;
• diplomáticos, personal de organismos
internacionales y personas invitadas por organismos internacionales cuya
presencia fÃsica sea necesaria para el buen funcionamiento de estos organismos,
• personal militar y policÃas, y trabajadores
de ayuda humanitaria y personal de protección civil en el ejercicio de sus
funciones;
• periodistas, en el desempeño de sus funciones.
Tras la aprobación de dicha Recomendación, FENADISMER confÃa en que, ante segunda ola de la
pandemia en que nos encontramos, la actuación de los Estados miembros sea transparente
y coordinada en la adopción de medidas que permitan a las empresas de
transporte de mercancÃas poder desarrollar su actividad con normalidad,
evitando de esta forma repetir los errores que caracterizó la actuación de la
Unión Europea durante la primera ola, lo que dificultó la actividad del
transporte internacional por carretera.






