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menos de 4 meses de la finalización del perÃodo transitorio de salida del Reino
Unido de la Unión Europea, sigue sin haber acuerdo, lo que tendrÃa
consecuencias muy negativas para los intercambios comerciales con España por
carretera, reduciendo significativamente el número de camiones españoles
autorizados para operar entre ambos paÃses.
·  La Comisión Europea elabora una GuÃa divulgativa en todos los idiomas de la UE dirigida a las empresas que operen en el Reino Unido para preparase de cara al final del perÃodo transitorio, en la que advierte de cambios más importantes en caso de que no se alcance un acuerdo.
FENADISMER viene manifestando reiteradamente
su enorme preocupación ante el
escenario en que quedará la futura relación entre el Reino Unido y la Unión
Europea tras la finalización del perÃodo transitorio establecido el próximo 31
de Diciembre, por la posición tan inflexible que hasta
la fecha viene manifestando el Gobierno británico, lo que amenaza la
posibilidad de no alcanzar finalmente un acuerdo definitivo, lo que tendrÃa
consecuencias muy negativas para los actuales intercambios comerciales entre
España y Gran Bretaña, que representa el quinto paÃs de destino de las
mercancÃas españolas en la Unión Europea, lo que afectarÃa muy gravemente a la
actual flota de transporte española que opera entre ambos paÃses.
Asà según estimaciones de FENADISMER,
dicho intercambio comercial es realizado por una flota aproximada de 8.000
camiones españoles de transporte pesado, que se dedican principalmente a las
exportaciones españolas de productos agroalimentarios, automoción, productos farmacéuticos
y mercancÃa general, y que de no alcanzarse un acuerdo entre la UE y el Reino
Unido podrÃa limitar a partir del 1 de Enero hasta en un 90% el número de
camiones españoles autorizados para operar.
En este sentido, la Comisión Europea ha elaborado un GuÃa divulgativa, disponible en los diferentes idiomas de la Unión, bajo el tÃtulo “Brexit, cómo prepararse para el final del perÃodo transitorioâ€, dirigida a todas las empresas que  comercian con el Reino Unido, transportan bienes a través de este o utilizan bienes del Reino Unido para exportar al amparo de regÃmenes preferenciales de la UE.Â
AsÃ, el Documento hace especial
hincapié en su repercusión en los ámbitos fiscales y aduaneros, señalando los
nuevos cambios que se van a producir, aún en el caso de que la UE y el Reino
Unido celebran un acuerdo de libre comercio
ambicioso , entre
los que cabe cita las siguientes:
-Deberá presentarse
declaraciones en aduana cuando importe bienes desde el Reino Unido o los
exporte a este, o bien transporte sus bienes a través del Reino Unido. Además
de la declaración en aduana, es posible que tenga que proporcionar datos de
protección y seguridad.
-Se necesitará una
licencia especial para importar o exportar determinados bienes (por ejemplo residuos,
determinados productos quÃmicos peligrosos u OMG).
-Deberán realizarse trámites
adicionales para importar o exportar bienes sujetos a impuestos especiales
(alcohol, tabaco o combustible) desde el Reino Unido o hacia este.
-La liquidación del IVA,
por regla general, deberá hacerse en el paÃs de la UE en el que se importe las
mercancÃas desde el Reino Unido, estando exento del pago del IVA en la UE
respecto de cualesquiera bienes que exporte al Reino Unido, aunque deberá
cumplir las normas en materia de IVA aplicables a las importaciones en el Reino
Unido.
En todo caso, la GuÃa advierte que los cambios podrÃan ser aún más
importantes “en caso de que no se alcance un acuerdo entre la UE y el Reino Unido al
final del perÃodo transitorioâ€, ya que en tal escenario, además de los
trámites anteriores, habrÃa que asumir otras obligaciones, como la del pago de derechos
de aduana sobre los bienes que introduzca en la UE desde el Reino Unido o el
establecimiento de cuotas para determinados bienes que entran en la UE
procedentes del Reino Unido, entre otros.Â






