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Como
consecuencia de la paralización de la actividad administrativa por el estado de
alarma decretado en Marzo del pasado año, el Ministerio de Transportes aprobó
alargar un año la obligación de realizar el visado para las empresas de
transporte, por lo que los autónomos y empresas que no visaron en 2020 deberán
hacerlo este año.
·      A partir de ahora se readapta el régimen anual de realización de los visados, de tal modo que las empresas de mercancÃas visarán en los años impares y las de viajeros en los años pares, por lo que las empresas que hubieran visado en 2020 no volverán a hacerlo hasta 2023.
La declaración del primer estado de
alarma por la pandemia, en Marzo del pasado año,  afectó de forma importante no sólo a la
actividad económica de los autónomos y empresas de transporte, sino que también
alteró el cumplimiento de sus obligaciones administrativas, como consecuencia
de la paralización de la actividad presencial de las Administraciones públicas,
lo que implicó la suspensión de la mayorÃa de los plazos administrativos y en
consecuencia la práctica paralización de todos los procedimientos
administrativos.
Ello afectó, entre otros, al visado de
las autorizaciones de transporte y de operador que por ser año par correspondÃa
realizar tradicionalmente a los autónomos y empresas de transporte de
mercancÃas por carretera conforme al calendario fijado en su dÃa por el
Ministerio de Transportes.
Para resolver dicha situación extraordinaria, el Gobierno aprobó el pasado mes de Junio un Decreto-Ley por el que se ampliaba el plazo para el trámite de realización del visado de las autorizaciones de transporte un año más, esto es, alargando la fecha lÃmite para que los titulares de autorizaciones puedan visar durante todo este año 2021.
 Por
ello FENADISMER recuerda a todos los autónomos y empresas de transporte público
de mercancÃas, y operadores de transporte, que no hubieran visado en 2020, que
en este año 2021 deberán realizar el visado en el mes que corresponda en
función del último número de identificación fiscal del titular de la
autorización de transporte a visar..
Asimismo, FENADISMER recuerda que
como consecuencia de la nueva regulación excepcional establecida en el
Decreto-Ley, se readapta el calendario anual para realizar el visado, Â de tal modo que a partir de ahora los titulares de autorizaciones de
transporte público de mercancÃas y operadores de transporte visarán en los años
impares y las de viajeros y transporte privado de mercancÃas en los años pares,
por lo que en consecuencia las empresas que hubieran visado en 2020 no volverán
a hacerlo hasta 2023.
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