Sin embargo, el contador de la huelga se quedó parado el viernes en esos dÃgitos, por más que la actual convocatoria estará aún vigente hasta las 08.00 horas de este miércoles 9 de diciembre. A primera hora de la tarde del viernes, el Ministerio de Trabajo y EconomÃa Social activó la “hoja de ruta para una salida negociada al conflicto de la estiba en el Puerto de Bilbaoâ€, dando asà por buenas las respuestas del Comité de Empresa y de las empresas de Bilboestiba CPE a su petición.
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Sin huelga
De esta manera, y en cumplimiento del compromiso que la parte sindical adquirió en su solicitud de mediación al Ministerio para cesar en el ejercicio del derecho de huelga mientras esté abierto  un proceso de negociación, los estibadores del Puerto de Bilbao hicieron efectivo el mismo a las 08:00 horas del pasado sábado, por lo que la fecha del 9 de diciembre, en el que decae formalmente la convocatoria del último preaviso, no es ya más que un simple número sin valor.
El Ministerio de Trabajo confirmó a Diario del Puerto la activación de la hoja de ruta señalando que a la  vista de los respectivos documentos remitidos por las partes, “se procede por parte de este centro directivo, de conformidad con lo previsto en la Hoja de Ruta, a conminar a las partes sindical y patronal para que den inicio al primer perÃodo de reuniones bipartitas, un mÃnimo de dos según lo comprometido en este proceso, hasta el 21 de diciembreâ€.
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Arbitraje y huelga
Por otra parte, entre otras consideraciones, el nuevo escenario de un Puerto de Bilbao sin huelga en la estiba  y con una teórica recuperación de la actividad  portuaria, harÃa perder la excepcionalidad de la situación requerida para activar un mecanismo igualmente “excepcional†como lo es el arbitraje obligatorio como último recurso para solucionar el conflicto.Â
En sà mismo, el proceso de negociación que ahora arranca abrirÃa al mismo tiempo la posibilidad de llegar a un arbitraje forzoso en caso de que la negociación agotara sus posibilidades durante el desarrollo del proceso, aunque cabrÃa pensar también que sin huelga por medio,  la excepcionalidad de tal medida de arbitraje podrÃa invitar a la autoridad competente a no recurrir a ella.  En todo caso, la fecha del 13 de enero se sitúa aún lejos, al final de un proceso que apenas ha echado a andar.
Calendario de la hoja de ruta
La hoja de ruta propuesta por el Ministerio de Trabajo y EconomÃa Social arrancó el pasado viernes con la validación de las respuestas de las partes y se basa en un esquema de reuniones bipartitas, seguidas de encuentros en el Ministerio de Trabajo y EconomÃa Social, durante los cuales las partes expondrán los avances o dificultades concretas a la Dirección General de Trabajo. Asimismo, establece un calendario con una agenda repartida en dos perÃodos:
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Hasta el 22 de Diciembre
El primer perÃodo de negociación bipartita se desarrollarÃa entre la aceptación de la propuesta y el 22 de diciembre, con recomendación de celebrar un mÃnimo de dos reuniones entre sindicatos y empresas. El 22 de diciembre se celebrarÃa una reunión conjunta tripartita en el Ministerio de Trabajo convocada desde la Dirección General. Asà lo hizo constar a las partes el pasado viernes la directora general de Trabajo, Verónica MartÃnez, con la convocatoria parea dicha reunión a celebrar a las 12.00 horas del 22 de diciembre en la sede del Ministerio.
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23 Diciembre-13 de Enero
En caso de ser necesario, el segundo periodo de negociación bipartita tendrÃa lugar entre el 23 de diciembre y el 12 de enero con un mÃnimo de dos reuniones entre la parte social y la parte empresarial.
Dicho perÃodo culminarÃa con una segunda y definitiva reunión conjunta tripartita en el Ministerio el 13 de enero de 2021.
Las complementarias fuera
La activación de la hoja de ruta propuesta por Trabajo supone de facto la eliminación de las tareas complementarias como materia objeto de negociación en la mesa, tras el sà condicionado de las empresas de Bilboestiba CPE a la hoja de ruta. ImplÃcitamente, ello supone también la aceptación de dicha condición por parte de los sindicatos, que deberán negociar aspectos que la ley sà recoge como propios del ámbito de la negociación colectiva. Â
Cabe recordar que, en su respuesta a la Dirección General de Trabajo, Bilboestiba CPE señaló su disposición a aceptar la hoja de ruta siempre que, y como “condición irrenunciable†en la negociación, no se incluyan cuestiones estrictamente jurÃdicas de carácter indisponible por las partes, como es la realización de las tareas complementarias por personal portuario “al quedar las mismas excluidas legalmente del ámbito funcional del servicio portuario de estiba y por tanto, de la negociación colectiva de este sector, tal y como determina la legislación de aplicación y las resoluciones de la CNMCâ€.






